馃攼 Acceso Matriculados

Suspensiones

La falta de pago de cuotas de ejercicio profesional, sean 茅stas ordinarias, peri贸dicas, extraordinarias y/o adicionales que fije la Comisi贸n Directiva, facultar谩 a 茅sta a SUSPENDER聽en la Matr铆cula al profesional moroso (Art. 9Bis Reglamento Interno).

El levantamiento de SUSPENSI脫N se realizar谩 una vez cancelada la totalidad de la deuda o habiendo consolidado un plan de pago, el cual deber谩 ser solicitado por nota.聽La suspensi贸n dispuesta por la Comisi贸n Directiva, de ning煤n modo significar谩 la eximici贸n del pago de las cuotas posteriores hasta el d铆a de cancelaci贸n de la deuda.

Transcurrido un a帽o de suspensi贸n en la Matr铆cula Profesional, por mora en el pago de la cuota de ejercicio profesional, la Comisi贸n Directiva del Colegio de Fonoaudi贸logos podr谩 disponer la BAJA o cancelaci贸n de la Matr铆cula.- (Art. 5 inc. f Reglamento Interno – MOD. Res. N潞 83-24/09/2016). El matriculado podr谩 presentar su descargo en el plazo de 5 d铆as h谩biles. Para el ALTA de la matricula deber谩 cumplir nuevamente con los requisitos de matriculaci贸n en su totalidad, m谩s la cancelaci贸n de la deuda hasta el d铆a de la baja (Art. 1 inc. 6 Reglamento Interno).

Los PLANES DE PAGO ser谩n solicitados por nota a la Comisi贸n Directiva para su aprobaci贸n y no podr谩 superar m谩s de uno por a帽o.